Según la LOMCE, el currículo es la regulación de los elementos que determinan los procesos de enseñanza y aprendizaje para cada una de las enseñanzas y consta de los siguientes elementos curriculares:
Los objetivos se entienden como los referentes relativos a los logros que el alumno debe alcanzar al finalizar el proceso educativo como resultado de las experiencias de enseñanza y aprendizaje intencionalmente planificadas para tal fin. Observa en los siguientes ejemplos que siempre se formulan en infinitivo:
Conocer la evolución y el marco normativo actual del Sistema Educativo Español.
Identificar las partes fundamentales de la flor.
Formular las leyes de la dinámica de Newton.
Es decir, los objetivos son las metas o propósitos a alcanzar, y puede ser:
- Generales (como los objetivos de etapa) o concretos (como los objetivos de cada unidad didáctica).
- Operativos/cerrados (indican acciones fijas, siempre las mismas y en el mismo orden, son de interpretación unívoca y exigen los mismos resultados a todos los alumnos) o abiertos (se refieren a tareas cuyas acciones varían de unos a otros, no comportan un mismo orden y su consecución no comporta los mismos resultados a todos, sino resultados distintos y singulares).
- Comunes (cuyo logro es necesario para todos los estudiantes) o individuales (aquellos que, sin ser necesarios para todos, marcan distintas posibilidades en función de las diferentes condiciones de cada alumno).
Las competencias son las capacidades para aplicar de forma integrada los contenidos propios de cada enseñanza y etapa educativa, con el fin de lograr la realización adecuada de actividades y la resolución eficaz de problemas complejos. Aparecen detalladas aquí.
Los contenidos son el conjunto de conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes que contribuyen al logro de los objetivos de cada enseñanza y etapa educativa y a la adquisición de competencias. Los contenidos se ordenan en asignaturas, y se clasifican en conceptuales, procedimentales y actitudinales:
- Los contenidos conceptuales indican lo que el alumno debe «saber sobre algo»: no suponen acción, es decir, son estáticos, y deben formularse con sustantivos propios del área (a partir de los objetivos, por supresión del verbo).
- Los contenidos procedimentales señalan lo que el alumno debe «saber hacer»: son habilidades, acciones o procedimientos y se formulan con sustantivos propios del área seguidos de la preposición «de» (sustantivación del verbo que aparece en el objetivo).
- Los contenidos actitudinales implican «saber ser»: se relacionan con comportamientos, conductas, valoraciones, opiniones o juicios y se formulan como los anteriores.
La metodología didáctica es el conjunto de estrategias, procedimientos y acciones organizadas y planificadas por el profesorado, de manera consciente y reflexiva, con la finalidad de posibilitar el aprendizaje del alumnado y el logro de los objetivos. Comprende tanto la descripción de las prácticas docentes como la organización del trabajo de los docentes.
Los criterios de evaluación definen lo que se quiere valorar, lo que el alumnado debe lograr, tanto en término de conceptos como en procedimientos o actitudes.
Los estándares de aprendizaje son concreciones de los criterios de evaluación que permiten definir los resultados de los aprendizajes y concretan mediante acciones lo que el alumno debe saber y saber hacer en cada asignatura. Deben permitir graduar el rendimiento o logro alcanzado. Tienen que ser observables, medibles y evaluables ya que contribuyen y facilitan el diseño de pruebas estandarizadas y comparables.
El Gobierno se encargará del diseño del currículo básico con el fin de asegurar una formación común y el carácter oficial y la validez en todo el territorio nacional de las titulaciones. A partir de la planificación curricular establecida por la Administración, cada centro elaborará una propuesta curricular adaptada a sus propios objetivos, que incluirá las programaciones de área de cada una de las áreas y etapas educativas:
Niveles de concreción curricular. Fuente: elaboración propia.
Los reales decretos que regulan el currículo básico en Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato son:
En Castilla y León:
- Orden EDU/519/2014, de 17 de junio, por la que se establece el currículo y se regula la implantación, evaluación y desarrollo de la educación primaria en la Comunidad de Castilla y León.
- Orden EDU/362/2015, de 4 de mayo, por la que se establece el currículo y se regula la implantación, evaluación y desarrollo de la educación secundaria obligatoria en la Comunidad de Castilla y León.
- Orden EDU/363/2015, de 4 de mayo, por la que se establece el currículo y se regula la implantación, evaluación y desarrollo del bachillerato en la Comunidad de Castilla y León.